EL ESTADO PLURINACIONAL
Elaborado por Guillermo Julio Mendoza Arce
I. NOCION
Se entiende por la agrupación de varias naciones en un determinado territorio, las mismas que ejercen su soberanía y libre determinación aceptando una sola constitución que cumple función integradora entre ciudadanos, territorio, culturas, costumbres etc.
Ximena Soruco sostiene que el Estado Plurinacional:
Si
la concepción del Estado-nación implica la homogeneización de los sujetos en
individuos “libres”, mestizos o la equivalencia de la diferencia bajo los
términos de esta libertad de contrato, lo multicultural, ¿cómo sería posible
plantear el reconocimiento de densidades sociales y culturales no
homogeneizadas ni equivalentes en estos términos; de lo abigarrado en relación
de horizontalidad?, ¿o qué sería una plurinación, bajo el marco de referencia
del Estado-nación? La nueva constitución boliviana plantea una articulación de
todos los sujetos desde la categoría de pueblo: La nación boliviana está
conformada por la totalidad de los bolivianos y bolivianas, las naciones y
pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afro
bolivianas que en su conjunto constituyen el pueblo boliviano. (Art. 3)
El Art. 30 CPE define: “Es nación pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española”
II. MODELO DE
ESTADO
La doctrina constitucional establece distintas expresiones usadas en textos legislativos:
•
Forma
de Estado
•
Organización
territorial del Estado
•
Modelo
de Estado.
Cuya articulación esta entre sus tres elementos
constitutivos: la Población, el territorio y el Poder.
El modelo de Estado
expresa la ideología que inspira su organización. Comprende las diferentes
teorías adoptadas en una Constitución para orientar la organización estatal.
Esta parte del texto constitucional no es precisamente normativa, sino más bien
declarativa, en la medida en que expresa la filosofía que da coherencia a las
instituciones y disposiciones constitucionales.
En el caso boliviano la forma de Estado es Unitario con características propias como establece el Art. 1 C.P.E. que a la letra dice:
“Bolivia se
constituye en un Estado Unitario de Derecho Plurinacional Comunitario, libre,
independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con
autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político,
económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del
país”.
Para un análisis completo, descomponemos el artículo uno en sus características citadas:
2.1 ESTADO UNITARIO
Lo unitario constituye un elemento cualificador del
nuevo modelo de Estado, referido a la modalidad de distribución territorial del
ejercicio del poder político dice J.A. Rivera (2012)
• la modalidad de Estado Unitario significa que Bolivia
tiene una organización estatal sobre la base de la unidad política y
administrativa, cuya estructura es piramidal, cuyo mando está en el nivel
primero disponiendo hacia la base, es decir hacia la obediencia.
•
este ejercicio de poder político se caracteriza por la
centralización de los órganos del estado, es decir que tiene un centro de
gobierno único que impulsa y acumula la totalidad de atribuciones y funciones
que corresponden al estado, haciéndose compatible con la descentralización y
desconcentración administrativa relacionadas con las autonomías
departamentales, regionales, municipales e indígenas originarias. (p.117)
La relación política de mando y obediencia está
enfocada en el ejercicio del poder político dispuesto por su ordenamiento
jurídico único (bloque constitucional) que rige en todo el territorio nacional.
La organización funcional se explicará en el capítulo
correspondiente.
Lo social constituye elemento cualificador de la estructura económica financiera y de las políticas sociales que adoptará el Estado. (Rivera 2012, p.118)
La doctrina constitucional contemporánea sostiene que el Estado Social significa el diseño de un modelo de organización social, económica y política que tiene base en los valores supremos de la dignidad humana, la igualdad y la justicia.
Según Willman Duran el Estado (2005) "se obliga a generar las condiciones de una vida digna, intentando reducir las desigualdades, esto implica que el Estado garantiza el acceso a todos los bolivianos a los derechos económicos y sociales, aplicando políticas orientadas a proteger y atender de manera especial a los sectores sociales con mayores desventajas" (p.40).
2.3 ESTADO DE
DERECHO
El
Dr. Willman Duran (2005) sostiene que se caracteriza por la “sujeción
de los poderes públicos y de los ciudadanos al ordenamiento jurídico, a la
norma suprema de ese orden superior que expresa y garantiza unos valores que,
desde el punto moral y político, se consideran básicos para la convivencia
social” p.43).
Rivera (2012) plantea “lo de derecho constituye elemento cualificador referido a las reglas y normas sobre las que se organiza y funciona el Estado”, esto significa que la actividad estatal se rige por un ordenamiento jurídico cuya cúspide se encuentra la constitución que obliga por igual a todos" (p.118).
Entre los principios podemos citar:
· Imperio de la ley (art.410-II CPE) implica que
gobernantes y gobernados se someten a la ley, es decir que gobierna las leyes y
no los hombres.
·
Separación de funciones de los órganos del estado
(art.12 CPE) evita la concentración del ejercicio del poder político y permite
el control mutuo
·
Respeto a la legalidad: ley como expresión de la voluntad
general. sometimiento de la administración a la constitución y la ley (art. 14.
I)V y V CPE)
·
Vigencia de derechos y garantías fundamentales
(arts. 13 y ss. CPE)
·
Supremacía de la constitución: tanto en el aspecto sustantivo como formal
(art. 410 CPE).
2.4 ESTADO
COMUNITARIO
Tiene varios significados:
1)
Reconocimiento a la forma de organización de las
naciones y pueblos indígenas originario campesinos.
El Estado
promueve el desarrollo –económico, social, cultural, jurídico- de las formas
tradicionales de organización de las naciones y pueblos indígenas originarios
campesinos.
2)
Lo comunitario como un modo de entender la vida.
Como la constitucionalización
de la redistribución de la riqueza social producida en el país, redistribución
que tiene como misión construir una sociedad igualitaria y con justicia social:
Vivir Bien (Idón Moisés Chivi)
Rivera (2012) sostiene que lo comunitario constituye "el elemento cualificador referido a los sistemas de inclusión e
institucionalización de las estructuras sociales con una capacidad de
participación efectiva en el ejercicio del poder político" (p.120).
Consideramos importante recordar que la forma de organización de las naciones aymara y quechua han sido siempre de carácter comunitario especialmente en la propiedad colectiva de la tierra.
2.5
ESTADO DEMOCRÁTICO
El Dr. Willman Duran (2005) afirma que: “Supone la intervención activa de los ciudadanos a través de diferentes mecanismos de participación”, por lo tanto, la titularidad del poder político descansa en el pueblo" (p.44).
Rivera (2012) sostiene que "la doctrina del Derecho Constitucional, el Estado Democrático tiene como elementos cualificadores los siguientes (p.123):
•
El Principio de la Soberanía Popular
•
La concepción plural de la sociedad (Pluralismo)
•
La participación social y política del ciudadano
•
La democracia como forma de gobierno, de vida y sólo
como idea.
2.6 ESTADO INTERCULTURAL
(Xavier Albó, Franz Barrios) definen que Interculturalidad, es relación, diálogo entre personas y grupos de personas de diversa cultura en un plano de igualdad.
Rivera coincide en plantear que significa un modelo de organización social y política caracterizada por la interacción respetuosa entre las diferentes culturas existentes en una Sociedad, a partir del respeto y reconocimiento de Las diferencias y convergencias entre las personas y grupos…
2.6 ESTADO DESCENTRALIZADO CON AUTONOMÍAS
Es la distribución territorial del ejercicio del poder político dice J.A Rivera, lo que significa que los ciudadanos eligen a sus autoridades para que estos administren los recursos disponibles y existentes en cada entidad autónoma, creada por la Constitución como estructura territorial del Estado.
2.7 PLURALIDAD
El Estado Plurinacional de Bolivia se funda en la pluralidad, concebida en cinco factores de la realidad nacional:
- Pluralismo Político: permite la coexistencia de
diferentes organizaciones políticas (Partidos Políticos, Agrupaciones
Ciudadanas, Pueblos Indígena Originario campesinos) creadas por la
ideología política, cuya participación en procesos electorales
democráticos tiene la finalidad de alcanzar el poder político.
- Pluralismo
Económico:
define
la coexistencia de varios modelos económicos que funcionen dentro del
macro modelo económico.
- Pluralismo
Jurídico: (Rivera
(2012: 124) sostiene la coexistencia de varios sistemas jurídicos
denominadas jurisdicciones creadas por las diferentes colectividades
sociales, que debe funcionar sobre la base de la coordinación y
complementación de estos sistemas. (Jurisdicción ordinaria, agroambiental,
Indígena Originaria Campesina, Especial)
- Pluralismo
Cultural: la
existencia de varias culturas que conviven en el mismo espacio territorial,
debiendo ser respetadas y protegidas por el Estado
- Pluralismo
Lingüístico:
existencia
de varios idiomas reconocidos por el Estado como oficiales
III. FORMA DE GOBIERNO
El Estado Plurinacional de Bolivia tiene una forma de
gobierno democrático participativo, representativo y comunitario, según lo que
estipula el Art. 11-I-II de la CPE., cuyo contenido dice:
- Directa
y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa
ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la
consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo
conforme a ley.
- Representativa,
por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y
secreto, conforme a ley.
- comunitaria,
por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y
representantes por noemas y procedimientos propios de las naciones y
pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a ley.
IV. SIMBOLOS PATRIOS
•
El Himno
•
El escudo de Armas
•
La Wipala
•
La Escarapela
•
La Flor de la Kantuta
•
La Flor del Patujú
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